Nuestro sistema de justicia gratuita es uno de los más generosos del mundo. Ahora que tanto se habla de reducir costes, no estaría de más reformarlo, pues es una fuente de gastos, cada vez más elevados, y de litigios que podrían perfectamente evitarse. Pero claro, el abogado no cobra si no hay pleito de por medio…
Por no hablar de que cualquier extranjero que entra ilegalmente en España, pongamos que en patera, tiene “derecho” a un abogado y a un procurador de oficio para que le defiendan frente a la correspondiente orden de expulsión. Y que, incluso, la jurisprudencia dice que no se puede negar este “derecho” a los extranjeros indocumentados, ilegales, que están en territorio nacional sin tener derecho alguno a ello.
Evidentemente, algunos confunden la velocidad con el tocino. Y la generalización de la justicia con la justicia universal, es decir, para todos los habitantes del mundo, al igual que la sanidad. Luego nos quejamos de que la asistencia sanitaria es mediocre, o que los pleitos tardan años en resolverse… Pero claro, hay que atender a todos los extranjeros que vienen aquí para que solucionemos sus problemas, o, simple y llanamente, para denunciar a los policías que les detienen, e incluso a los abogados que les defienden. (El mayor número de quejas en los colegios de abogados procede de los litigantes que lo hacen con el beneficio de la justicia gratuita).
¿Y el patrimonio? Pues nuestro legislador, tan listo él, se olvidó de incluir el patrimonio a la hora de determinar si una persona puede –o no- disfrutar del beneficio de la justicia gratuita. Basta con tener rentas inferiores al doble del salario mínimo interprofesional para que pueda obtenerse el beneficio. Con total independencia del patrimonio, que no se considera. (Ha habido alguna reforma posterior para intentar solucionar este problema, pero creo que no ha ido a la raíz del asunto, el contemplar el patrimonio familiar en su conjunto y no solo la insolvencia de la persona que pide justicia gratuita, aunque su esposa o hijos, padres, etc., disfruten de un rico y saneado patrimonio, etc.).
“Gracias” a esta situación nos encontramos con personas como una abuela de un pueblo turolense que se pasaba el día litigando contra todo el pueblo, por lindes, casas contiguas, etc. Yo tuve que resolver algunos de sus pleitos en mi época de Juez Sustituto en Alcañiz (Teruel), y los propios abogados de oficio estaban escandalizados de que siendo la señora más rica de la población, pudiese disfrutar del beneficio, al tener una reducida pensión, como viuda de un agricultor. ¿Es justa esta situación? Pienso que no.
(Y no solo eso, sino que la señora denunciaba posteriormente a los abogados de oficio ante el colegio de abogados correspondiente, por entender que había perdido los litigios por su “incompetencia profesional”, cuando realmente no tenía razón alguna, y así se desestimaban la práctica totalidad de sus denuncias y demandas).
Ahora que tanto se habla de reducir el gasto público, creo habría que modificar la normativa de la justicia gratuita, y permitir el acceso única y exclusivamente a quienes carezcan de rentas y patrimonio suficientes como para poder pagar a un abogado y a un procurador. Que ya vale de que el Estado haga el primo, y gaste cada vez más millones de euros en justicia gratuita, estimulando además la acumulación de pleitos en los juzgados y por ende el mal funcionamiento de la Administración de Justicia…
Y, por supuesto, suprimir el derecho a justicia gratuita a todos los extranjeros que no estén legalmente en España. Que somos hermanos de todo el género humano, pero no primos. ¡El que quiera un abogado, que se lo pague!
Ramiro GRAU MORANCHO
Abogado y escritor