Recientemente he publicado un artículo titulado “Los padres putativos de la Patria en realidad son nuestros piojos”, es decir, parásitos sociales.

Cuanto más escarbo en el asunto, más me preocupo e indigno, de ver que tenemos una “casta parasitaria”, de la que también forman parte los “marqueses de Galapagar” en particular, y los podemitas en general, que han creado un sistema ad hoc para mantenerse toda la vida chupando del bote…

Es evidente que para esta troupe el trabajo es un castigo divino, y como buenos creyentes, en el comunismo, en el hedonismo, o en lo que sea, huyen de cualquier ocupación como el católico huye del pecado.

Veamos más privilegios de los que disfrutan “nuestros” padres y madres de la Patria, en desafortunada expresión de algún beodo:

  • Reglamento del Congreso de los Diputados, art. 9, 2:

“El Congreso de los Diputados podrá… “afiliar, en el régimen que proceda, a los Diputados que así lo deseen y que con anterioridad no estuvieren dados de alta en la Seguridad Social”.

“En función de lo anterior, la Cámara abona la cuota correspondiente a la Seguridad Social de los Diputados que provienen de dicho régimen o procede a dar de alta a aquéllos que accedieran a la Cámara sin esta cobertura. Igual protección se presta si el diputado proviene de otro sistema diferente a la Seguridad Social.

Las Cortes Generales tienen concertada una póliza de seguro de accidentes corporales a favor de los Diputados y Senadores que cubre riesgos de muerte por accidente, incapacidad permanente y otras lesiones”.

  • Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex parlamentarios, aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado… (es decir, por ellos mismos, y en su propio beneficio):

Artículo 12. Indemnización por cese.

“La cuantía de la indemnización será el equivalente de una mensualidad de la asignación constitucional por cada año de mandato parlamentario en las Cortes Generales o fracción superior a seis meses, y hasta un límite máximo de veinticuatro mensualidades.

El importe de la asignación constitucional en 2021 es de 3.050,62 euros”.

(Vid. PDF adjunto, con el último beneficiario, por cierto un ex parlamentario por Zaragoza, creo que sin oficio ni beneficio, como no sea la política, y que empezó a estudiar Derecho en su ya lejana juventud, pero que sigue y sigue…).

Hechas las cuentas correspondientes, y salvo error por mi parte, este señor se llevará 70.164,26 euros, que no está nada mal, permaneciendo durante casi dos años en esa situación de “paro político”, que seguramente simultaneará con alguna plaza de asesor, o cualquier otro “apaño”, legal o mediopensionista.

¿Comprenden ustedes porqué la gente se “mata”, literalmente, por estar en las listas electorales, y en puestos de salida…?

Pero no solo esto. Las Cortes Generales son “tan generosas”, con nuestro dinero, que conceden lo que llaman Complementación de ingresos, no solamente a los ex parlamentarios, sino incluso a los cónyuges viudos de ex parlamentarios. (Por cierto no sé si se conceptúa como tal a las parejas de hecho, aunque presiento que sí).

¿Qué razones jurídicas hay para pagar una pensión especial, extraordinaria, excepcional, a la viuda o viudo de un ex parlamentario…?

En mi modesta opinión, absolutamente ninguna.

Visto el listado correspondiente, a 25 de marzo de 2021, y salvo error por mi parte, son nada menos que sesenta y cinco personas pensionadas, la mayoría señoras, que todo hay que decirlo.

Y por cuantías que en muchos casos son bastante elevadas, al menos para la pensión media en España, y a las pruebas me remito:

  • Don David Ballesteros García, 1.817,33 euros mensuales, por doce pagas anuales.
  • Doña Pilar Bores Saiz, 1.398,88 euros.
  • Doña Rosa Cervantes Ruiz, 1.243,06 euros.
  • Doña María José Gisbert Canto, 1.495,39 euros.
  • Doña Rocío Gómez Otalvaro, 2.061 euros.
  • Doña Esperanza Gutiérrez Ruiz, 1.622,74 euros.
  • Doña Belén León Santiago, 1.491,30 euros.
  • Doña Pilar Madero Ortiz-Cicuendez, 2.951 euros.
  • Doña Mª. Mercedes Méndez Hernández, 1.479,09 euros.
  • Doña Encarnación Morales Sánchez-Migallón, 1.582,58 euros.
  • Doña Mª. Carmen de Motta García-España, 1.364,23 euros.
  • Doña Isabel Ramos Plaza, 1.652,10 euros.
  • Doña Mª. Luisa Saavedra Sánchez, 1.173,85 euros.
  • Dª. Mª. Concepción Silva Sánchez-Ocaña, 1.028,42 euros.
  • Dª. Sagrario Valentín García, 1.306,10 euros.
  • Dª. Eda Volpi Rebiscini, 2.056,87 euros.

Todo ello como prestación complementaria, es decir de forma simultánea a las pensiones que hayan podido obtener por su trabajo personal, por cuenta propia o ajena.

¿Comprenden ustedes que es un chollo dedicarse al “negocio de la política” en esta España nuestra, pronto Ex España…?

 

Ramiro GRAU MORANCHO

Abogado y escritor

https://www.graueditores.com

Pinchar aquí para ver el PDF

Ramiro Grau Morancho